Solicita dispensa para contratar hermanos en Naguabo

 

Alcaldesa de Naguabo, Miraidaliz Rosario Pagán (Archivo)

(23-febrero-2021) La alcaldesa de Naguabo, Miraidaliz Rosario Pagán solicitó una consulta a la Oficina de Ética Gubernamental para la contratación de hermanos en el municipio, uno de ellos como director de la Oficina de Finanzas, de modo que le conceda una dispensa, tal y como establece la Ley Núm. 53 del año 2001.

La Ley Número 53 del 2001 se enmendó a los fines de prohibir que un funcionario público del Gobierno de Puerto Rico nombre o ascienda dentro de la agencia en la que trabaja a un pariente suyo dentro del cuarto grado de consanguinidad o del segundo de afinidad, para conceder la facultad de otorgar dispensas en relación con los municipios a la Oficina de Etica Gubernamental, para establecer un término directivo de treinta (30) días para otorgar la dispensa para contratar parientes y realizar algunas correcciones de estilo.

La alcaldesa de Naguabo solicitó el pasado 1 de febrero autorización para nombrar a Luis O. Andrades González en un puesto de confianza de director de Finanzas ya que su hermana Katherine Andrades González ocupa un puesto de carrera de Técnica de Sistemas de Oficina II en Auditoría Interna del municipio. La Técnica de Sistemas de Oficinas, fue contratada desde el 1996, y de acuerdo a la directora de Recursos Humacao del municipio, Rosa Méndez Cabret no posee la capacidad de influir a la autoridad nominadora.

El inciso (h) del Artículo 4.2 de la Ley Orgánica de la Oficina de Etica Gubernamental de Puerto Rico (LOOETG), establece una prohibición sobre el nepotismo. En síntesis, la norma proscribe que la autoridad nominadora nombre un pariente del servidor público que tenga la facultad de influir.

Por otro lado, el inciso (g) de la Ley en su Artículo 4.2 afirma que un servidor público no puede intervenir, directa o indirectamente, en cualquier asunto en el que tenga un conflicto de intereses que resulte en la obtención de un beneficio para sí o para su función gubernamental. En caso de tener que tomar alguna acción oficial contraria a las disposiciones tiene que informar la situación e inhibirse.

“Hemos evaluado el documento de inhibición suscrito por la Sra. Katherine Andrades González, en el cual se inhibe de todo asunto que pueda generar conflicto de intereses relacionado a su hermano. Asimismo, evaluamos el documento de inhibición del Sr. Luis O. Andrades González, en el cual se inhibe de todo asunto que pueda generar conflicto de intereses relacionados a su hermana”, establece el director ejecutivo de Etica Gubernamental, Luis A. Pérez Vargas en la comunicación enviada a la alcaldesa.

No obstante, se les exhortó a ambos funcionarios municipales a cumplir fiel y cabalmente dispuesto en los mecanismos de inhibición.

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