(9-marzo-2022) Ante la reducción de contagios y en la tasa de positividad del COVID-19, el secretario del Departamento de Salud (DS), Carlos Mellado López, detalló que, aunque se eliminó el uso de mascarillas como regla general, hay excepciones donde será mandatorio su uso.
El Secretario firmó hoy la Orden Administrativa 533 en la que estableció, entre otras cosas, que las personas que utilicen, asistan o trabajen en transporte público, instalaciones de salud, instituciones correccionales, hogares de cuidado prolongado para adultos mayores u hogares comunitarios que atienden la población de personas con discapacidad intelectual, deberán utilizar mascarillas.
En cuanto a instalaciones de salud se refiere a los hospitales, salas de emergencias, consultorios médicos, centros de salud, clínicas, laboratorios clínicos y farmacias, entre otros.
Mellado López apuntó que en los centros de cuidos de niños (incluidos los Head Start y Early Head Start), las escuelas públicas o privadas y las universidades tendrán que utilizar mascarillas mientras se encuentren en el salón de clase. Sin embargo, su uso será opcional en los espacios abiertos al exterior de estas instalaciones antes mencionadas.
De conformidad con la OE-2022-019, se eliminan los mandatos de vacunación contra el COVID-19. Sin embargo, los estudiantes menores de edad mayores de 16 años estarán sujetos a la inoculación obligatoria, según establecida en la Ley Núm. 25 del 25 de septiembre de 1983, que faculta al secretario del DS a publicar cualquier otra vacuna que tenga a bien requerir. Ya la vacuna contra el COVID-19 se encontraba en la lista de las vacunas requeridas para los estudiantes.
Detalles de la Orden Administrativa aquí: Orden Administrativa