( 20-octubre-2021 CyberNews) El director administrativo de los Tribunales, Sigfrido Steidel Figueroa, informó hoy, miércoles, que la Oficina de Asuntos Legales concluyó que “no se cumple con el estándar de prueba legal que se requiere para instar un procedimiento disciplinario” contra las juezas Sonya Nieves Cordero e Ingrid Alvarado Rodríguez, quienes atendieron las peticiones de protección de Andrea Ruiz Costas contra su agresor.
Según declaraciones escritas de la Oficina de Administración de Tribunales, Steidel Figueroa ordenó el archivo de las quejas presentadas en las que se alega que las referidas juezas violentaron los Cánones de Ética Judicial durante las vistas en las que Ruiz Costas figuró como solicitante de una orden de protección y testigo del ministerio público, contra Miguel Ocasio Santiago, su presunto asesino.
La determinación se le notificó a ambas juezas municipales y a Olga Costas Rodríguez, quien había presentado una queja que dio curso a una investigación que se consolidó con otra que ya había iniciado sobre este asunto.
“Destacamos que el alcance de la investigación disciplinaria que se condujo es limitado, pues la Oficina de Administración de los Tribunales no tiene facultad para pasar juicio sobre la corrección o no de un dictamen judicial, en sustitución de los mecanismos de revisión que provee el ordenamiento jurídico. Nuestro sistema legal establece mecanismos independientes para revisar la corrección de esos dictámenes, lo cual ocurre ante los correspondientes foros judiciales y no en el ámbito disciplinario. Así pues, una decisión errónea de un juez o jueza, sin más, ya sea al apreciar la prueba o al conceder o rechazar un remedio, no es base adecuada para un proceso disciplinario. Tales decisiones solo pueden ser cuestionadas mediante los trámites procesales apelativos que establece la ley”, lee la misiva dirigida a Costas Rodríguez.