Medida temporera de Hacienda elimina el IVU en alimentos preparados

(Suministrada)

(9 -enero-2020)  El secretario del Departamento de Hacienda (DH), Francisco Parés Alicea, anunció que eliminó el Impuesto de Venta y Uso (IVU) en alimentos preparados de manera inmediata hasta las 11:59 de la noche del viernes, 31 de enero de 2020, debido a la situación de emergencia que atraviesa la Isla a causa de los eventos telúricos registrados en los pasados días, y que han continuado.

“Ante la declaración de estado de emergencia emitida por la gobernadora, Wanda Vázquez Garced, a raíz de los daños ocasionados por los sismos y las réplicas registradas recientemente, la falta del servicio de energía eléctrica en gran parte de la Isla y la falta de agua potable en algunos sectores, hemos emitido la Determinación Administrativa 20-01 que exime temporeramente a las personas naturales del pago del Impuesto sobre Ventas en aquellas partidas tributables adquiridas en Puerto Rico que sean consideradas alimentos preparados, bebidas carbonatadas, productos de repostería y dulces, según definidos en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico”, expresó el secretario.

 

La Gobernadora autorizó la determinación como medida de alivio ante la emergencia.

 

“Como resultado de un desastre natural impredecible como el vivido en Puerto Rico por varios terremotos y múltiples réplicas que han causado pérdida de vida, propiedad y menoscabo en la salud emocional de nuestro pueblo, buscamos medidas de alivio. Igualmente, y como resultado de estos fenómenos naturales, nuestra isla sufre de la ausencia de energía eléctrica necesaria, entre otras necesidades para la confección de alimentos. Por tal, es necesario la adquisición de estos fuera del hogar causando gastos adicionales para nuestros ciudadanos.  Por esa razón, he autorizado al Departamento de Hacienda que en la compra de alimentos preparados se elimine el pago del IVU. La orden será efectiva hasta el 31 de enero de 2020”, expresó la Gobernadora.

 

Parés Alicea aclaró que la exención del Impuesto sobre Ventas dispuesto en esta Determinación Administrativa no será aplicable a la venta de bebidas alcohólicas.

“Exhortamos a todos los consumidores a hacer valer lo dispuesto en esta Determinación Administrativa.  En caso de que un comerciante, por acción u omisión, cobre a un consumidor el Impuesto sobre Ventas en una venta de los alimentos preparados eximidos del pago, se entenderá que el impuesto ha sido cobrado indebidamente y el comerciante vendrá obligado a reembolsar inmediatamente el monto del Impuesto sobre Ventas cobrado al consumidor, pues ello constituye fondos del Gobierno de Puerto Rico”, subrayó el funcionario.

Cualquier incumplimiento relacionado con las disposiciones de esta Determinación Administrativa podrá ser informado a través de SURI Confidencia, el sistema automático de recibo y manejo de denuncias o quejas relacionadas a las disposiciones del IVU por parte de comerciantes. También puede presentar su denuncia o querella llamando al (787) 622-0123, opción 9 o visitando cualquiera  de las oficinas de distrito del Negociado de Impuesto al Consumo (NIC) hábiles y disponibles.

Para más información visite la página electrónica www.hacienda.pr.gov o llame al 787-622-0123, opción 8.

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