DACO multa hospedajes en Caguas y otros municipios

(15-marzo-2024) Con el fin de verificar el licenciamiento de los hospedajes para estudiantes a tono con el Reglamento 6628 del 2 de junio de 2003, inspectores del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), realizaron un operativo en la tarde de ayer jueves, para asegurarse de que los mismos cumplen con la vigencia de sus licencias según las disposiciones de Ley, así lo informó la secretaria de la agencia Lisoannette González Ruiz.

“Durante la tarde de ayer, nuestros inspectores en las regiones de San Juan, Caguas, Mayagüez y Arecibo realizaron visitas a sobre 114 hospedajes para estudiantes con el fin de verificar que estos cumplan con lo establecido en el Reglamento. Durante las visitas se detectó que había sobre una veintena de ellos que se encontraban operando sin licencia, por lo que las multas emitidas ascienden a 21”, dijo la secretaria.

“Este tipo de inspecciones en hospedajes se hacen para evaluar que los mismos cumplan con tener la licencia emitida por DACO. De no hacerlo estarían operando clandestinamente, lo que representa una crasa violación a nuestro reglamento. Además, es importante destacar que para que un hospedaje cuente con una licencia del DACO, deben estar en cumplimiento con los documentos y permisos emitidos por el Departamento de Salud y el Cuerpo de Bomberos, de no cumplir con los mismos, el DACO no emitirá una licencia, pero sí se le podría emitir una de manera provisional en lo que realizan los trámites con las otras agencias”, añadió González Ruiz.

Según lo establecido en el inciso (I) de la Regla número cinco (5); de encontrarse alguna deficiencia o violación al Reglamento, el DACO le notificará a la parte y ésta tendrá un término de 60 días, a partir de la fecha de la notificación para corregirlo. De no cumplir con lo establecido por el DACO en el tiempo indicado, se procederá a cancelar, suspender o denegar la licencia, según sea el caso.

La titular del DACO, destacó además que, “nuestro Reglamento en la regla número siete (7); establece que todo propietario de un hospedaje deberá proveer un contrato escrito, en el que se podrá pactar todo lo que no sea contrario a la Ley, la moral y el orden público. Este contrato escrito deberá presentarse al momento de solicitar la licencia para operar y el mismo formará parte del expediente en nuestra agencia. Por otro lado, todo hospedaje para estudiantes deberá exhibir en un sitio visible, próximo a la entrada del establecimiento, una lista, una lista de los requisitos con los que deberá cumplir de conformidad con la reglamentación del Departamento”.

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