Alimentos preparados libre de IVU a partir de mañana  

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(19 de marzo de 2020) – El secretario de Hacienda, Francisco Parés Alicea, emitió la Determinación Administrativa que exime temporalmente del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) a los alimentos preparados desde mañana, viernes, 20 de marzo hasta el 19 de abril.

Por su parte, Parés Alicea explicó que, además de alimentos preparados, incluye bebidas carbonatadas, productos de repostería y dulces, según definidos en la Sección 4010.01 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado. No será aplicable a la venta de bebidas alcohólicas.

“Para propósitos del cumplimiento con la Orden Ejecutiva 2020-023, que estableció un toque de queda a partir de las 9:00 p.m. hasta las 5:00 a.m.; durante el periodo de un (1) día entre la fecha de publicación de esta Determinación Administrativa y la fecha de efectividad de la Exención Temporera de IVU en Alimentos Preparados, todos aquellos individuos que necesiten visitar localidades comerciales o centros de programación para hacer efectiva la programación necesaria para que los sistemas de los comerciantes no impongan el IVU durante el periodo de la exención, serán considerados como servicios esenciales“, explicó.

Explicó que estos ciudadanos podrán asistir a sus centros de trabajo o visitar a sus clientes, durante el horario que permite la OE 2020-23, para realizar los trabajos de programación de los sistemas de cobro y terminales fiscales.  “Esta determinación como “servicios esenciales”, es exclusiva para los individuos que se dedican al proceso de programación de los sistemas para el cobro del IVU”, recalcó.

Los individuos que vayan a transitar por las vías públicas durante el horario permitido por la OE 2020-023, con el propósito de asistir a los comerciantes en el proceso de la programación de los sistemas para implementar la Exención Temporera de IVU en Artículos de Primera Necesidad, deberán conservar copia de esta Determinación Administrativa de manera que puedan constatar que se encuentran llevando a cabo una actividad permitida.

Igualmente, el gobierno avaló ayer la eliminación del IVU en artículos de primera necesidad a partir del lunes, 23 de marzo. Esta orden condona el impuesto en suministros, artículos de higiene o limpieza y medicamentos para que el consumidor pueda prevenir el contagio con la pandemia Covid-19.

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