Nuevo Código Civil: CINCO PUNTOS QUE USTED DEBE SABER

 

Nuevo Código Civil
CINCO PUNTOS QUE USTED DEBE SABER
Por: Rafael Ferreira Cintron, BBA, MBA, JD

23 de enero de 2025 – En el 2020 se aprobó nuestro cuerpo de leyes del sector privado mas importante: Nuestro Código Civil. Este Código establece que el régimen económico aplicable una vez consumado el matrimonio es el conocido como Sociedad de Bienes Gananciales. En el régimen de Sociedad de Bienes Gananciales ambos conyugues participan por igual de los ingresos, dividendos, ganancias y deudas y obligaciones originados durante la vigencia del matrimonio. Ahora con la aprobación de este nuevo Código se producen varios cambios importantes. A continuaciones cinco puntos clave principales:

NUMERO UNO
Anterior a la vigencia del Código , un matrimonio contraído bajo la sociedad legal de gananciales estaba sujeto a sus efectos hasta que sea disuelto. Esta ley terminó con esa restricción. Anteriormente las capitulaciones tenían que ser firmadas antes de la celebración del matrimonio PERO con esta nueva ley un matrimonio constituido bajo Sociedad de Bienes Gananciales puede optar por entrar en un régimen de capitulaciones. Ahora el matrimonio puede optar por un régimen distinto mediante capitulaciones aún después de celebrado el matrimonio.

NUMERO DOS
Una consecuencia directa de este cambio consiste en la apertura de nuevas oportunidades de financiamiento.
Antes de la vigencia de esta Ley los bancos se encontraban bajo un dilema.

Imaginé el siguiente cuadro: Rodolfo y Roció se casaron felizmente bajo el régimen de Sociedad de Bienes Gananciales, o sea no otorgaron capitulaciones matrimoniales. Rodolfo y Rocío llevan cinco años de casados pagando renta y quieren comprar su propiedad por lo que van al Banco de La Plaza a solicitar financiamiento mediante una hipoteca. El oficial del banco encuentra que Rocío tiene un buen salario y que cumple con los parámetros de capacidad de repago. No obstante el trámite se confronta con una situación difícil: el crédito de Rodolfo tiene una empírica muy bajita debido a historial recurrente de pagos en atraso. En esas circunstancias el analista bancario opta por denegar el financiamiento, aun cuando Rocío, de por sí, cualifica. Este dilema tiene una vertiente distinta con esta nueva ley. ¿Qué pueden hacer Rodolfo y Rocío para cualificar para el financiamiento hipotecario en este nuevoescenario? Rodolfo y Rocío pueden visitar el notario público de confianza y solicitar cambiar el régimen económico actual de Sociedad de Bienes Gananciales a uno de separación de bienes. Una vez inscrito debidamente en el Registro de Capitulaciones la escritura de capitulaciones Rocío puede ir solita al Banco de La Plaza y el analista podrá analizar el caso basado solamente en el historial de crédito y capacidad de repago de Rocío.

PUNTO TRES
Las nuevas oportunidades de financiamiento no se limitan a la fase hipotecaria personal. Esta nueva ley abre nuevas posibilidades para financiamiento comercial. En financiamientos comerciales a corto y largo plazo, o sea en líneas de crédito para capital de trabajo y/o préstamos a término es política establecida de los bancos solicitar garantías solidarias a los accionistas de la corporación deudora. En estos casos el banco quiere asegurarse que si la deudora principal no puede pagar se obtenga una fuente alterna de repago que provendría de los activos e ingresos de los garantizadores solidarios.

Imagine el siguiente escenario :
Caso comercial aprobado y listo para cierre. Todas las partes están de acuerdo en las condiciones, la tasa de interés, los gastos de cierre, las colaterales… pero surge un tranque. Una de las esposas de uno de los garantizadores no está de acuerdo en exponer el caudal personal de la Sociedad de Bienes Gananciales por lo que se rehúsa a comparecer. En tal caso es muy probable que el banco opte por archivar el caso. El resultado final es que la corporación se queda sin el financiamiento aprobado y el banco sin poder añadir este activo a su cartera. Todos pierden. Triste realidad. Ahora con la nueva ley la dinámica puede ser distinta. Los accionistas que componen el matrimonio donde uno de los cónyuges no puede firmar pueden optar por establecer un régimen de capitulaciones. Esto liberaría al banco del requisito legal de comparecencia del conyugue que tiene sus reservas con el financiamiento. A su vez esto abriría una ventana para una posible aprobación que cumpla a su vez con la política del banco.

NUMERO CUATRO
Ahora pueden enmendarse y/o modificarse las capitulaciones matrimoniales sin restricción alguna…. las veces que sea necesario. Esto aporta flexibilidad y dinamismo al régimen económico que te tiempo en tiempo los conyugues seleccionen como su mejor opción.

NUMERO CINCO
Los conyugues casados que habían contraído deudas bajo la Sociedad de Bienes Gananciales y que optan por capitular siguen manteniendo las obligaciones que asumieron ante los acreedores bajo los mismos términos y condiciones. En otras palabras los conyugues no podrán usar el mecanismo de capitulaciones como un subterfugio para evadir las obligaciones previamente contraídas pre-capitulaciones. El Código continúa manteniendo el requisito de establecer las capitulaciones mediante escritura pública suscrita ante notario. Además según indicáramos añade el requisito de inscripción en el nuevo Registro de Capitulaciones Matrimoniales. Una ley de avanzada que hacía mucha falta para añadir un elemento de dinamismo y flexibilidad que puede facilitar y primer el crecimiento económico.

El autor es abogado financiero con amplia experiencia en la industria bancaria
comercial (787-287-3928). Artículos relacionados: www.thefinancialattorneys.com

Check Also

Arrestan a hombre en Naguabo que se cortó grillete y cometió desacato al tribunal

(24-enero-2025) Un hombre contra quien pesaban órdenes de arresto por desacato y por manipulación o …