
(13-marzo-2026) En una acción firme para reforzar la protección de la niñez puertorriqueña, el Senado aprobó en votación unánime el Proyecto del Senado 851, de la autoría de las senadoras Wandy Soto Tolentino y Joanne Rodríguez Veve, una medida que establece penalidades más severas para toda persona que, teniendo conocimiento de agresión sexual contra un menor, no cumpla con su deber de informarlo a las autoridades.
La legislación enmienda la Ley 57-2023, Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores, para tipificar como delito grave el incumplimiento del deber de informar en casos de agresión sexual contra menores. Bajo la nueva disposición, cualquier persona, funcionario o institución pública o privada que oculte información, impida que otros denuncien o suministre información falsa enfrentará una pena fija de dos (2) años de reclusión.
La medida responde a la urgencia de fortalecer los mecanismos de denuncia ante la persistencia de casos de violencia sexual en Puerto Rico. Datos oficiales reflejan que en 2019 se recibieron 17,474 referidos por presunto maltrato o negligencia infantil, de los cuales 8,365 fueron fundamentados. Además, informes recientes documentan 9,561 casos de violencia sexual en los años 2022 y 2023, incluyendo 383 casos de abuso sexual infantil, lo que evidencia la gravedad de esta problemática.
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